En __________, a ___de ____ del 2.0__

 

REUNIDOS:

 

Por una parte D/Dña. ______________, con DNI _________ y residente en __________.

Por otra parte D/Dña.__________________ con DNI __________ y residente en __________.

  

EXPONEN:

 

Dña. ______________ es propietario del perro de raza carlino (pug, mops) de nombre _________________________ y

con número de inscripción en el Libro de Orígenes Español (LOE):____________

 

Que D/Dña.______________es propietario de la hembra de raza carlino (pug, mops) de nombre

_____________________ y con número de inscripción en el Libro de Orígenes Español (LOE):  Y con la intención de

reproducir con ambos ejemplares.  


ACUERDAN:  

 

1.- Que D/Dña. ______________ practicará ___(núm) inseminaciones artificiales /montas naturales a la hembra ________

con semen de su ejemplar ________________. En las lógicas condiciones de higiene y seguridad los días _, _ y _ de

______ del 2.0__. 

 

 

 

2.- Que por el servicio de cubrición para la preñez de una sola hembra, D/Dña. ______________ cobrará un cachorro a

elegir entre todos los nacidos de la camada, siempre que hayan nacido dos o más.

 

 

3.- Que en el caso de haber nacido un solo cachorro éste sería vendido por uno de los firmantes (el que mayor precio

obtuviese por la venta) y la cantidad sería repartida a partes iguales entre los abajo firmantes.  Si alguno de los firmantes

demostrase su intención de quedarse con el único cachorro, éste deberá pagar al otro la cantidad de _______ euros.

En caso de estar interesadas ambas partes tendrá preferencia para quedárselo el propietario de la hembra.  

 

4.- Que D/Dña. ______________ queda excluído/a de pagar cargo alguno por los gastos originados por la camada,

tanto veterinarios como de inscripción. Corriendo éstos a cargo del propietario de la hembra.

 

5.- Que el/la Sr/a. _________asesorará en la medida de sus posibilidades a D/Dña___________ sobre los cuidados

necesarios para la supervivencia de los cachorros, no obstante no puede ser responsable de la inexperiencia o mala fortuna

del Sr/Sra.___________, por lo que este acuerdo se refiere a los cachorros nacidos y no a los supervivientes. 

 

6.- Que en el caso de nacer la camada entre ambos ejemplares sus propietarios se comprometen a firmar todos los

documentos necesarios para su inscripción en el Libro de Orígenes Español (LOE) en los plazos de tiempo estipulados por la

Real Sociedad canina de España. 

 

7.- Que en el caso de no quedar preñada la hembra de D/Dña __________________, su propietario se compromete a

informar a D/Dña. ____________ y será certificado entre los días 45 y 55 después de la primera inseminación por ecografía

efectuada en un veterinario o por inspección ocular del Sr/Sra._______.

 

En el caso de no quedar certificada la “no preñez” de la hembra en las condiciones arriba indicadas, el Sr/Sra _________

quedará exento de volver a inseminar a la hembra sin coste económico y este contrato quedará finalizado. 

 

8.- En caso de haber certificado la “no preñez” el propietario de la hembra tendrá derecho a una nueva cubrición en el

siguiente celo de ésta en los mismos términos arriba indicados. 

Si la hembra no quedase preñada por segunda vez, este contrato quedaría anulado y los contrayentes podrían renegociar

las condiciones para una nueva cubrición 

 

Y como prueba de muto acuerdo lo firman:

 

 

            D. _________________ D. _________________