Los reproductores, macho y hembra, tienen que estar identificados mediante microchip. 

Los reproductores, macho y hembra, tienen que estar entre las edades permitidas para la reproducción; Hembras más de 1 año y menos de 10 años cumplidos en el momento de la monta y Machos más de 9 meses y menos de 12 años cumplidos en el momento de la monta. 

Si el macho es extranjero tiene que aportarse “Certificado de salto” del país de origen, copia del pedigree y copia del documento de identidad del propietario. Si en el país de residencia del perro no existe el “Certificado de salto”, hay que aportar declaración del propietario, copia del pedigree y copia del documento de identidad del propietario. 

Si existe un contrato de cesión temporal de la hembra reproductora entre criadores, éste debe remitirse a la R.S.C.E. al menos 30 días antes del nacimiento de la camada para su registro en el L.O.E.. 

El formulario de alta de camada, está compuesto de dos impresos: Hoja de Notificación de Nacimiento de Camada el primero, con un plazo máximo de presentación de 30 días y Hoja de Solicitud de Inscripción de Camada el segundo, cuyo plazo de presentación es de seis meses desde el nacimiento.

El nacimiento de la camada debe comunicarse a la R.S.C.E. o a la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio del criador, antes de que los cachorros cumplan 30 días, utilizando el impreso “NOTIFICACION DE NACIMIENTO DE CAMADA” (1er cuerpo del impreso). 

La R.S.C.E. enviará al criador los Formularios de Identificación Canina para identificar a los cachorros, mediante microchip por un veterinario colegiado.

La inscripción de la camada tiene que hacerse antes de que los cachorros cumplan 6 meses de edad, utilizando el impreso “SOLICITUD DE INSCRIPCION DE CAMADA” (2º cuerpo del impreso) y adjuntando los Formularios de Identificación Canina, cumplimentados por el veterinario colegiado. 

La R.S.C.E. enviará al criador un Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. por cada cachorro inscrito. 

El criador deberá facilitar al nuevo propietario del perro el Justificante de Inscripción para que éste, si lo desea, pueda tramitar el pedigrí a su nombre.

Normas e incompatibilidades en cruces

Se deben respetar las siguientes normas, ya que el hecho de no hacerlo puede dar lugar a que se rechace la inscripción de la camada:

Deben firmar el documento todos los propietarios del macho y de la hembra.

Por supuesto, el macho y la hembra deben ser de la misma raza. Hay razas en las que existen incompatibilidades de tipos de pelo, colores y /o tamaños. Si no se tiene la seguridad de que el cruce que se pretende llevar a cabo no incurre en alguna incompatibilidad, se recomienda consultar con la R.S.C.E. (ejemplos de incompatibilidades: ejemplares de pelo duro con ejemplares de pelo liso; ejemplares de tamaño gigante con los de tamaño mediano; ejemplares de color negro con otros de color blanco; etc.).

Una vez inscrita la Camada en los Registros de la R.S.C.E., se le asigna a cada cachorro un número de registro en el Libro de Orígenes Español (L.O.E.), y se entrega al criador (propietario o propietarios de la hembra) un Justificante de Inscripción en el L.O.E., con el número de inscripción que se le ha asignado, por cada cachorro de la Camada, de los que así mismo es el propietario.

 

Fuente: ACUCC y RSCE