El Ministerio de Agricultura de España ha anunciado que se están realizando cambios significativos en los procedimientos para la introducción de mascotas en España procedentes de Ucrania. A partir del 15 de marzo de 2023, España ya no concederá ninguna excepción que permita la entrada de dichos animales por el procedimiento simplificado, basado en el artículo 32 del Reglamento (UE) 576/2013, relativo a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial.

Debido a esta actualización, los perros, gatos y hurones que viajen sin ánimo comercial desde Ucrania a España deberán cumplir con los requisitos de identificación, vacunación antirrábica y prueba serológica de la rabia. Estos requisitos son necesarios para garantizar la salud pública y animal, y evitar la introducción de enfermedades contagiosas.

Es importante destacar que Ucrania es el único país de Europa donde la rabia está muy extendida entre los animales y las personas, y también es un país endémico de Echinococcus multilocularis. Por tanto, el cambio en el procedimiento de introducción de mascotas en España procedentes de Ucrania busca mitigar los riesgos inherentes a la llegada de animales de compañía que no cumplan las condiciones de entrada en la UE.

Desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) se ha comunicado que cualquier consulta relacionada con la introducción de animales deberá remitirse al Área de Importaciones de la SG Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera: importacionanimal@mapa.es.